Ancud
En Ancud el tema de la basura continúa impactando en el presupuesto municipal
El pasado viernes 06 de septiembre se cumplieron tres años desde que la Corte Suprema declaró ilegal el vertedero de Puntra El Roble en la comuna de Ancud, ordenando al municipio que retire la basura en un plazo de 90 días.
En el fallo, la Corte Suprema indica que los actos administrativos que autorizaron el funcionamiento del vertedero vulneraron el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación.
En conversación con el integrante de Defendamos Chiloé, el geógrafo Álvaro Montaña, señaló su disconformidad con el actuar de la municipalidad y del alcalde Carlos Gómez en lo puntual, ya que en relación a que, según su punto de vista, no se ha cumplido lo que la Corte Suprema determinó, entre otras muchas irregularidades.
Recordemos que en la sentencia, la Corte Suprema declaró ilegal el vertedero de Puntra El Roble para ser sitio de disposición final de residuos sólidos domiciliarios, lo que refrendó Álvaro Montaña.
El geógrafo marcó como uno de los más importantes desafíos de las próximas administraciones comunales la situación de colapso que tienen estos vertederos en las distintas comunas de Chiloé.
En relación a este caso, en un documento de diciembre de 2021, la municipalidad de Ancud informaba a la superintendencia del medio ambiente que la operación transitoria de disposición final de residuos sólidos domiciliarios en el “Sitio Puntra El Roble” se encontraba totalmente paralizada desde el 1 de julio de 2021, realizándose únicamente las actividades de gestión ambiental relativas al cumplimiento de las medidas provisionales ordenadas por la autoridad administrativa ambiental,
Por otra parte, el municipio de Ancud informaba que en ese entonces se había comunicado, formalmente, con todos y cada uno de los titulares de los recintos que cuentan con la resolución sanitaria respectiva, a fin de solicitarles la recepción de los residuos acumulados en el “Sitio de Disposición Transitorio Puntra El Roble”, de la comuna de Ancud, atendiendo la obligación de trasladarlos a un sitio legalmente autorizado.
Sin embargo, agregaba el municipio, las respuestas recibidas fueron todas negativas, atendiendo las capacidades operativas y técnicas requeridas para recibir y disponer del pasivo ambiental acumulado en el “Sitio Puntra El Roble”, por cuanto ninguno de los recintos habilitados en la Región de Los Lagos está en condiciones de cumplirlas satisfactoriamente, de acuerdo a la evaluación realizada por sus propios titulares.
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